Ley de seguridad vial y bicicletas
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CIRCULAR EN GRUPO, PERO NO EN PELOTÓN
Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Se permite a los conductores de bicicleta circular sin mantener la separación
entre ellos, extremando la atención a fin de evitar alcances entre
los propios ciclistas. Además, no se consideran adelantamientos
los producidos entre ciclistas del mismo grupo. Podrán circular
en columna de a dos como máximo, siempre lo más a la derecha
posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos
de poca visibilidad. En autovías sólo podrán circular
por el arcén, siempre que sean mayores de 14 años y no este
prohibido por la señal correspondiente. Cuando se prohiba su circulación
un panel indicará el itinerario alternativo.
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REFLECTANTES OBLIGATORIOS
Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, si circulan por vía
interurbana, los
conductores de bicicleta llevarán colocada una prenda reflectante
que permita a los conductores de vehículos y demás usuarios
distinguirlos a una distancia de 150 metros.
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EN BICICLETA, TODOS CON CASCO
Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Los conductores y ocupantes de bicicleta deberán utilizar cascos
de protección homologados o certificados cuando circulen en vías
interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, por razones médicas
y en condiciones extremas de calor. Los ciclistas en competición
y los profesionales durante los entrenamientos o en competición,
se regirán por sus propias normas.
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CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS PARA
PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
Antes:
Sólo se prohibía en autopistas.
Ahora:
Se prohibe circular también por autovías a ciclomotores
y vehículos para personas de movilidad reducida (tara no Superior
a 350 kilogramos y que en llano no supere 45 km/h..)
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LOS MENORES EN VEHÍCULOS DE DOS RUEDAS
Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Las bicicletas podrán transportar un menor de hasta siete años
en asiento adicional homologado cuando el conductor sea mayor de edad.
En los ciclomotores y motocicletas, siempre que estén construidos
para ello, además del conductor puede viajar un pasajero mayor
de doce años. Excepcionalmente podrá viajar un mayor de
siete anos cuando el vehículo lo conduzca su padre, madre o tutor
o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre con casco.
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GIROS INTERURBANOS, DESDE LA DERECHA
Antes:
Tanto en vías urbanas como interurbanas, los ciclos y ciclomotores
de dos ruedas, si no existía un carril especialmente acondicionado
para el giro a la izquierda, debían situarse a la derecha fuera
de la calzada siempre que fuera posible, e iniciarlo desde ese lugar.
Ahora:
Esta norma queda limitada a vías interurbanas.
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USO DEL CINTURÓN EN MOTO
Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Cuando las motocicletas (con y sin sidecar), ciclomotores, vehículos
de tres ruedas y cuadriciclos, cuenten con estructura de autoprotección
y cinturones de seguridad (y conste en su tarjeta de inspección
técnica), su conductor y pasajeros estarán obligados a usarlos,
tanto en vías urbanas como interurbanas, quedando exentos de utilizar
el casco de protección.
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