Ley de seguridad vial y bicicletas

CIRCULAR EN GRUPO, PERO NO EN PELOTÓN

Antes:
No estaba regulado.
Ahora:

Se permite a los conductores de bicicleta circular sin mantener la separación entre ellos, extremando la atención a fin de evitar alcances entre los propios ciclistas. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo. Podrán circular en columna de a dos como máximo, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos de poca visibilidad. En autovías sólo podrán circular por el arcén, siempre que sean mayores de 14 años y no este prohibido por la señal correspondiente. Cuando se prohiba su circulación un panel indicará el itinerario alternativo.

REFLECTANTES OBLIGATORIOS

Antes:
No estaba regulado.
Ahora:

Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, si circulan por vía interurbana, los
conductores de bicicleta llevarán colocada una prenda reflectante que permita a los conductores de vehículos y demás usuarios distinguirlos a una distancia de 150 metros.

EN BICICLETA, TODOS CON CASCO

Antes:
No estaba regulado.
Ahora:

Los conductores y ocupantes de bicicleta deberán utilizar cascos de protección homologados o certificados cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, por razones médicas y en condiciones extremas de calor. Los ciclistas en competición y los profesionales durante los entrenamientos o en competición, se regirán por sus propias normas.

CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS PARA
PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA

Antes:
Sólo se prohibía en autopistas.
Ahora:

Se prohibe circular también por autovías a ciclomotores y vehículos para personas de movilidad reducida (tara no Superior a 350 kilogramos y que en llano no supere 45 km/h..)

LOS MENORES EN VEHÍCULOS DE DOS RUEDAS

Antes:
No estaba regulado.
Ahora:

Las bicicletas podrán transportar un menor de hasta siete años en asiento adicional homologado cuando el conductor sea mayor de edad. En los ciclomotores y motocicletas, siempre que estén construidos para ello, además del conductor puede viajar un pasajero mayor de doce años. Excepcionalmente podrá viajar un mayor de siete anos cuando el vehículo lo conduzca su padre, madre o tutor o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre con casco.

GIROS INTERURBANOS, DESDE LA DERECHA

Antes:
Tanto en vías urbanas como interurbanas, los ciclos y ciclomotores de dos ruedas, si no existía un carril especialmente acondicionado para el giro a la izquierda, debían situarse a la derecha fuera de la calzada siempre que fuera posible, e iniciarlo desde ese lugar.
Ahora:

Esta norma queda limitada a vías interurbanas.

USO DEL CINTURÓN EN MOTO

Antes:
No estaba regulado.
Ahora:

Cuando las motocicletas (con y sin sidecar), ciclomotores, vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, cuenten con estructura de autoprotección y cinturones de seguridad (y conste en su tarjeta de inspección técnica), su conductor y pasajeros estarán obligados a usarlos, tanto en vías urbanas como interurbanas, quedando exentos de utilizar el casco de protección.